LEA ATENTAMENTE LOS REQUISITOS PARA LA PRESENTACION CORRECTA DE LA CARTA DE GARANTIA
LUEGO Por favor borrar el este recuadro antes de imprimir
1- Papel membrete con los datos completos del consignatario (nombre, dirección, teléfono, mail, etc).
Esta carta será valida para cargas de BA SHIPPING S.R.L. con puerto de descarga en Argentina.
2- Deberán ser presentadas en original (no se aceptarán copias de ningún tipo) y firmadas en todas sus páginas (con la Firma completa, NO inicialización, NI firma corta o “gancho”).
3- Las cartas de garantía deberán ser firmadas y selladas por el titular de la empresa (presidente, en caso de SA, SAU o socio gerente en caso de SRL) o apoderado, con certificación de Escribano Publico de la personería invocada y certificando este sus facultades suficientes. Al ser certificada por escribano, cuenta con validez anual (todo el año 2026).
4- La firma debe estar en conjunto de aclaración, cargo y sello sin excepción.
5- Para el caso de ser utilizada por UN UNICO EMBARQUE, la firma podrá ser certificada ante ENTIDAD BANCARIA. Deberá también adjuntarse a la carta una fotocopia de la última acta de conformación/ modificación de directorio/estatuto en donde conste el cargo del firmante o en su defecto copia del poder que autoriza al firmante a realizar actos de la índole del mencionado, este poder deberá ser de índole “Amplio de administración y disposición de bienes”
En caso de que el poder requiera firma conjunta, la carta deberá cumplir con este requerimiento, con todas sus certificadas.
Por favor notar:
Si el consignatario de la carga es una persona física, debe presentar fotocopia del DNI.
Si se tratase de entes gubernamentales un documento donde se valide que el firmante forma parte de la organización con facultades suficientes.
6- En el apartado en donde debe indicarse el carácter, solo podrá indicarse uno. No se aceptarán cartas que tengan mas de uno o ninguno.
CARTA DE COMPROMISO Y GARANTÍA DE CONTENEDORES
GENERAL ANUAL – 2026
(lugar) ……………………………… (día) …… de (mes) …… de 2026
Sres. BA SHIPPING S.R.L
Moreno 584 Piso 10 of. A
CAPITAL FEDERAL
PRESENTE
De nuestra consideración:
(EMPRESA Y CUIT ) …………………….…………….…… con domicilio en…………………………………, Teléfono: ……………………………, mail: ……………………………, suscribimos la presente Carta de compromiso y Garantía a efectos de tramitar el retiro del/los contenedor/es que en cada caso les requerimos. En este sentido, nos comprometemos irrevocablemente a cumplir con todas las cláusulas y condiciones como tenedores legítimos de conocimientos de embarque emitidos por Uds. o por vuestros Agentes y nos comprometemos a responder también por tenedores legítimos de conocimientos de embarque hijos o nietos de aquello que se acreditara con la presentación de unos ejemplares o su presentación ante el servicio Aduanero, sujetándose dicha operatoria a las siguientes condiciones:
- Será por nuestra exclusiva cuenta y riesgo la contratación y provisión de los tractores y chasis porta contenedores o los camiones apropiados para retirar los contenedores desde el área portuaria hasta su destino final y su devolución, siendo nuestra exclusiva responsabilidad que el transportista cumpla con las reglamentaciones municipales y/o provinciales y/o nacionales que rijan el tránsito de camiones y acoplados por las calles y rutas correspondientes. Asimismo, garantizamos que el chofer del camión actúa por nuestra cuenta y orden y está plenamente facultado para suscribir los correspondientes recibos de intercambios que se emitan al efecto. Nos comprometemos a recibir los contenedores al costado del buque de acuerdo con las disposiciones vigentes y a los usos y costumbres de la terminal portuaria respectiva. Si así no lo hiciéramos, nos responsabilizamos de cualquier consecuencia, manteniendo libres e indemnes de responsabilidad a BA SHIPPING S.R.L, al armador y/o a sus agentes de las penalidades o costos extras que les pudieran ser impuestos por el traslado de estos a otro destino de tránsito, traslado, ingreso a depósito fiscal y/o zona franca.
- Ante el supuesto de que el/los contenedor/es fuera/n retirado/s por quien acredite ser tenedor legítimo de un conocimiento de embarque hijo, garantizamos en forma personal la devolución de los mismos en los términos de este acuerdo, obligándonos solidaria e irrevocablemente, como lisos y llanos fiadores, a resarcir los daños y perjuicios ocasionados.
- Será de nuestra total y exclusive responsabilidad que las cargas estén bien estibadas y trincadas dentro de los contenedores siendo gastos de materiales y mano de obra por nuestra cuenta, responsabilizándonos por los daños que una estiba o trincado inadecuado provoque a la estructura del contenedor.
- En ocasión de retirar cada contenedor suscribiremos el correspondiente “Recibo de Intercambio” con el detalle de las condiciones en que se recibe el mismo, obligándonos a exhibir la copia de dicho documento al momento de la devolución de los contenedores respectivos, a fin de verificar el estado de estos y eventuales daños.
- Hemos sido debidamente notificados y aceptamos que disponemos de siete (7) días corridos para Contenedores estándar y de cinco (5) días corridos para los contenedores especiales, a partir de la fecha de arribo del buque, para devolverlos vacíos, limpios, secos y libres de olores a la terminal o depósito que indique BA SHIPPING S.R.L, el armador y/o su agente marítimo. En caso de exceder dicho período, nos responsabilizamos por todos los daños, costos, perjuicios y penalidades ocasionadas a Uds. Obligándonos a abonar el cargo por la demora incurrida y por cualquier otro gasto resultante a BA SHIPPING S.R.L, pago éste que realizaremos dentro de los (5) cinco días corridos de recibida la factura correspondiente en vuestra sede. Vencido dicho plazo aceptamos que se apliqué al débito un interés del 3% (tres por ciento) mensual, capitalizable trimestralmente sin perjuicio de cualquier otro interés punitorio y/o actualización monetaria que en un futuro pudiera corresponder.
- Al solo vencimiento del plazo establecido en el punto precedente nos obligamos abonar a Uds. en forma irrevocable, en concepto de cargo por la demora los siguientes valores, los cuales haremos efectivos al solo requerimiento por Uds. y que declaramos conocer y aceptar:
| TIPO | FREE | MULTA POR DIA ADICIONAL EN USD | ||
| TIME IN DAYS | 1 A 10 DIAS | 11 A 21 DIAS | 21DIAS EN ADELANTE | |
| DV20 | 7 | 170 | 200 | 220 |
| DV40 | 7 | 210 | 240 | 260 |
| HC40 | 7 | 210 | 240 | 260 |
| RF20 | 5 | 280 | 310 | 340 |
| RF40 | 5 | 400 | 420 | 435 |
| OT20 | 5 | 270 | 290 | 300 |
| OT40 | 5 | 310 | 325 | 340 |
| OTHC | 5 | 310 | 325 | 350 |
| EE Y FR | TARIFAS SPOT POR EMBARQUE | |||
| IMO | CONSULTAR POR EMBARQUE | |||
El tiempo se computará desde el momento en que el/los contenedor/es haya/n sido descargado/s del buque HASTA SU EFECTIVA devolución. Se entenderá como fecha de devolución, el día de entrega en la Terminal y/o Depósito indicada por BA SHIPPING S.R.L, y notificación fehaciente de dicha circunstancia a BA SHIPPING S.R.L. El solo vencimiento del plazo establecido en el punto E) del presente nos constituye automáticamente en mora, sin que sea necesario intimación o interpelación alguna. Reconocemos que con el pago del cargo por la demora no se entienda extinguida la obligación principal ni es sustitutiva de los daños y perjuicios a Uds. resultantes de nuestro incumplimiento.
Asimismo, aceptamos irrevocablemente que se nos facture parcialmente el cargo por la demora conforme transcurra el tiempo, sin que el hecho de cancelar una de las facturas implique la prescripción de la obligación de las anteriores o posteriores que pudieran existir.
- Para el caso en que no retiremos los contenedores dentro de los diez (10) días corridos, a partir de la fecha de arribo del buque, autorizamos a Uds. en forma irrevocable a que se proceda a desconsolidar la mercadería, al vaciado y devolución del contenedor, a ingresar la mercadería a depósito fiscal o privado por nuestra exclusiva cuenta y riesgo. A dicho fin expresamente autorizamos a Uds. y/o al despachante de aduana y/o sus apoderados, sirviendo el presente como suficiente mandato, a firmar en nuestro nombre todas las declaraciones, manifestaciones y documentación con el mismo alcance como si fueran realizadas por nosotros mismos. Renunciamos a cualquier tipo de reclamo por faltantes, roturas, perdidas, y asumimos expresamente todos los costos y cargos que pudieran surgir con la Terminal Portuaria y/o el Depósito Fiscal o Privado. Siendo esta una facultad que BA SHIPPING S.R.L podrá ejercer discrecionalmente, no estando obligado a hacerlo.
- Igualmente, asumimos todas y cada una de las responsabilidades que nos competen en nuestro carácter de tenedores del/de los conocimiento/s original/es del rubro y, consecuentemente, nos haremos cargo de todo aquél reclamo que la línea/agencia Marítima interviniente le pudiere realizar a BA SHIPPING S.R.L con fundamento en la carta de compromiso y garantía de contenedores que esta última ha suscripto con aquélla para la provisión del/de los contenedor/es de la referencia.
- Asumimos todos los gastos y/o daños que sufran las mercaderías y/o los contenedores, incluidos los eventuales daños a terceros como consecuencia del manipuleo y/o transporte de los contenedores desde su retiro hasta su devolución en la terminal correspondiente ya sea que los mismos se encuentren en nuestro poder y/o de nuestros transportistas y/o terceros.
- Si resultara imposible la devolución de los contenedores sea porque éstos se hayan extraviado por cualquier causa, hayan sido objeto de hurto o robo o cualquier otra causa, incluso aquellas que configuran caso fortuito y/o fuerza mayor, nos obligamos irrevocablemente a abonar la suma que corresponda al valor de Mercado y que indique BA SHIPPING S.R.L más la suma que corresponda por el cargo por la demora en la devolución de los contenedores comenzando dicho plazo a contarse desde la entrega del contenedor hasta el efectivo pago de la suma aquí establecida.
- Se establecen los siguientes valores indicativos para cada tipo de contenedor:
| TIPO | MONEDA | IMPORTE | TIPO | MONEDA | IMPORTE | |
| 20´INSULADO | USD | 17.000,00 | 40´REEFERHC (CA) | USD | 78.000,00 | |
| 20´REEFER | USD | 45.500,00 | 40´REEFERHC | USD | 71.500,00 | |
| 20´DRY | USD | 9.230,00 | 40´DRY | USD | 13.000,00 | |
| 20´OPEN TOP | USD | 9.750,00 | 40´OPEN TOP | USD | 14.200,00 | |
| 20´FLATRACK | USD | 11.250,00 | 40´O.TOP HIGH CUBE | USD | 15.600,00 | |
| 20´CRIB | USD | 5.200,00 | 40´FLATRACK | USD | 18.200,00 | |
| CLIP-OM | USD | 18.200,00 | 40´HIGHCUBE | USD | 13.000,00 | |
| GENSET | USD | 19.350,00 |
- La falta de devolución del/los contenedor/es dentro de los 12 (doce) meses del comienzo del lapso de tenencia, será considerada por BA SHIPPING S.R.L como equivalente a la pérdida total de la unidad. Por tal razón, nos obligamos a abonar a BA SHIPPING S.R.L una vez cumplido dicho plazo (en concepto de indemnización), el valor del contenedor conforme al valor arriba indicado; ello, adicionalmente al monto devengado por la demora en la devolución del contenedor. La constitución en mora será automática por el mero vencimiento del plazo acordado, debiendo el consignatario abonar la suma en cuestión al solo requerimiento de BA SHIPPING S.R.L.
- Nos comprometemos a implementar las medidas inmediatas que puedan ser necesarias para obtener la liberación de cualquier contenedor que fuera arrestado y/o detenido y/o Interdictado como resultado de, o con relación a, cualquier causa civil, penal, administrativa, aduanera o de cualquier otra índole iniciada contra nuestra firma y/o en virtud de la mercadería transportada. El período que transcurra hasta la efectiva devolución del contenedor devengará las multas previstas en el presente. La imposibilidad de obtener la liberación del contenedor para su entrega a BA SHIPPING S.R.L, será considerada como pérdida o destrucción de este correspondiendo abonar la indemnización prevista en el punto D) precedente.
- Asumimos la obligación de devolver los contenedores en las mismas condiciones en que los recibimos, responsabilizándonos por cualquier pérdida o daños sufridos por los mismos nos obligamos a devolver los contenedores limpios, secos y vacíos en la Terminal Portuaria que nos indiquen o que se nos notifique con posterioridad a su retiro. Mantendremos en el contenedor/es todas las señales, símbolos, insignias, colocadas por el propietario y se lo/s deberá/n restituir en buenas condiciones. En lo que a contenedores reefer respecta, se deberán mantener los equipos especiales de refrigeración y/o informática y/o cualquier otro dadas las características de estas unidades como hayan sido entregadas. Nos abstendremos de utilizarla/s unidad/es para el almacenamiento y/o transporte de sustancias corrosivas como la de alta densidad escasamente protegidas, y/o productos que puedan deteriorar el interior y/o exterior del/los contenedores/es, siendo el consignatario y/o recibidor en este caso responsable no solo del pago de las reparaciones que deban practicarse al/los contenedor/es por los daños sino también de los perjuicios.
- La persona que por nuestra cuenta ingrese a la Terminal portuaria, plazoleta y/o depósito a retirar o devolver los contenedores, sea ésta una apoderada de la empresa, Despachante de Aduana o agente de transporte está plenamente autorizada a firmar el Formulario de Intercambio de Equipo quedando plenamente facultado para constatar las averías correspondientes. Renunciamos irrevocablemente a plantear ante Uds. falta de personería de esta persona haciéndonos plenamente responsable por todas las declaraciones y manifestaciones que ésta realice las que tendrán el mismo alcance como si fueran realizadas por nosotros mismos. Nos comprometemos a restituir en mano, dentro de la 48hs., de haber sido recibido el duplicado del remito de envío de cada contenedor a la Terminal, plazoleta o depósito fiscal indicado por Uds., debidamente sellado y firmado por personal debidamente facultado a estos efectos, de no entregarlo, se tendrán las unidades por no devueltas pudiendo BA SHIPPING S.R.L, reclamar el pago de la penalidad por demora pendiente a la fecha según cuadro tarifario vigente.
- En vista de la normativa aduanera aplicable para la importación y/o exportación de Contenedores, así como las responsabilidades del Agente de Transporte Aduanero y las sanciones civiles, penales y/o administrativa previstas en caso de incumplimiento, asumimos plenamente las consecuencias que pudieran provocar a Uds. la falta de entrega de los contenedores dentro del plazo que la normativa aduanera fija y/o cualquier otra causa, como así mismo la veracidad de los bienes denunciados en los correspondientes despachos aduaneros. En este sentido, también nos obligamos a cancelar dentro de las 48 horas de notificado por Uds. cualquier multa y/o cargo, y/o gasto y/u honorarios y/o pago de tributos que a Uds. le requiere a la Dirección General de Aduanas, derechos de importación, tasas, multas e impuestos por la importación definitiva de los contenedores.
- Siendo que los contenedores están sujeto al régimen de admisión temporaria que regula el Código Aduanero, nos obligamos a mantener indemnes a BA SHIPPING S.R.L ante cualquier multa o sanción que las autoridades aduaneras les pueda imponer debido a la no salida del país de la unidad luego de vencido el plazo legal de admisión, si aún no hubiese sido devuelta la unidad por el consignatario.
- Nos hacemos plena y totalmente responsables por cualquier robo y/o hurto y/o avería que sufra la mercadería en el traslado desde el costado del buque hasta su depósito final designado por nosotros. En tal caso, el embarcador y/o consignatario y/o tenedor legitimado del conocimiento de embarque y/o el asegurador de la mercadería renuncia en forma irrevocable a accionar contra BA SHIPPING S.R.L y/o su seguro y/o el despachante de aduana y/o el buque y/o sus representantes y/o capitán y/o propietario y/o armador y/o el seguro del buque. Si se presentara un reclamo por esta causa, nos comprometemos expresamente a mantener a Uds. indemne por todo reclamo de cualquier naturaleza, legítimo o ilegítimo, administrativo o judicial o extrajudicial, que surja de acciones, reclamos y cuestiones de cualquier otro tipo derivadas de los servicios contratados y garantizados mediante el presente. Prestamos conformidad y nos comprometemos a participar en la calidad que corresponda y sin perjuicio de las obligaciones asumidas como principal pagador, en cualquier juicio y/o reclamo y/o requerimiento iniciado contra BA SHIPPING S.R.L, relativo a los contenedores y/o por cualquier incumplimiento nuestro y nos obligamos a prestar indemnidad a BA SHIPPING S.R.L.
- Aceptamos expresamente que, en caso de incumplimiento de cualquiera de nuestras obligaciones, BA SHIPPING SRL tendrá derecho a iniciar las acciones que correspondan, y prestamos expresa conformidad para la opción por parte de BA SHIPPING SRL de la vía ejecutiva, reconociendo que este documento cumple con los requisitos exigidos por el artículo 523, inc. 2do. Del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, el que por otra parte declaramos que será expresamente aplicable. Renunciamos expresamente, en caso de contienda judicial, interponer las siguientes excepciones y/o defensas: incompetencia, falta de legitimación para obrar en el actor o demandado, falta de personería en el demandante o demandado, arraigo, caso fortuito o fuerza mayor, confiscación o interdicción dispuesta por autoridad pública, como así también recusar sin causa. Asimismo, prestamos conformidad y nos comprometemos a participar en la calidad que corresponda y sin perjuicio de las obligaciones asumidas como fiador, en cualquier juicio y/o reclamo y/o requerimiento iniciado contra BA SHIPPING SRL, relativo a los contenedores y/o por cualquier incumplimiento nuestro y nos obligamos a prestar indemnidad a BA SHIPPING SRL.
- Para todos los efectos legales, fijamos nuestro domicilio especial en la Calle, …………………. …………………… y en virtud del Art 75 del Código Civil y Comercial de la Nación, constituimos domicilio electrónico en ……………………………… (cuenta de email) donde se tendrán por válidas todas las citaciones, notificaciones y/o emplazamientos judiciales y/o extrajudiciales a que hubiere lugar, sometiéndonos a la competencia y jurisdicción de los Tribunales Civiles y Comerciales Federales de la Capital Federal y renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.
- Declaramos que el abajo firmante se encuentra autorizado a firmar en nombre/representación de nuestra empresa, a la que puede obligar conforme según resulta del contrato social o del poder que se adjunta como parte integrante del presente contrato. Comprometiéndonos por la presente a reemplazar esta Carta por otra del mismo tenor en caso de modificación de las atribuciones del abajo firmante.
- Los valores expresados en el presente instrumento deberán ser abonados al valor de la divisa estadounidense en el mercado libre de cambio de Buenos Aires tipo vendedor a la fecha de cancelación de la deuda. En caso de existir restricción cambiaria en la República Argentina, aceptamos abonar a BA SHIPPING SRL en la cuenta en el exterior que ella indique, o bien entregar tantos pesos (moneda de curso legal) como sean necesarios para adquirir dólares estadounidenses en la plaza cambiaria de Montevideo o de New York, al solo criterio de BA SHIPPING SRL. Aceptamos expresamente que todos los importes enunciados estén sujetos a posibles modificaciones sin previo aviso. Asimismo, hacemos expresamente renuncia a la teoría de la imprevisión (art.1091Código Civil y Comercial). Asimismo, la sociedad firmante se obliga con sus obligaciones, aunque ocurra caso fortuito o una imposibilidad.
- La presente carta de compromiso y garantía tiene validez por el período comprendido desde 01/01/2026 hasta 31/12/2026 e incluye todas las operaciones que el consignatario y/o representante y/o embarcador realicen con BA SHIPPING SRL y cuyos buques arriben entre ambas fechas inclusive; subsistiendo solamente para aquellos casos de contenedores que se encuentren en curso de devolución a la terminal notificada por Uds. o lugar que corresponda y respecto al cumplimiento de obligaciones pendientes a nuestro cargo según la presente carta y por el plazo de prescripción.
Asimismo, autorizamos en forma irrevocable al Despachante de Aduana: Señor Martín Ferré, C.U.I.T. Nº 23-23469807-9 Teléfono (+54) 011 5263-0289 a firmar en nuestro nombre todas las declaraciones, manifestaciones y documentación con el mismo alcance como si fueran realizadas por nosotros mismos para que se proceda a desconsolidar la mercadería, al vaciado y devolución del contenedor, a ingresar la mercadería a depósito fiscal o privado por nuestra exclusiva cuenta y riesgo y a la firma del/los respectivo/s Recibo de Intercambio con el objeto de establecer el estado de/l lo/s contenedores de referencia al momento que los recibimos.
Sin otro particular saludamos a Uds. Atte.
Firma: ……………………………………..
Aclaración: ……………………………………..
DNI: ……………………………………………..
Carácter: ……………………………………..